Detenido arbitrariamente un líder comunitario en Curumaní – Cesar

El día 16 de  marzo de 2011 a las 9:30 am, fueron aprehendidos ilegalmente por miembros del ejército nacional, los líderes sociales JHONEL CÁRDENAS CASTRILLO, JOSE PICON, DAMIAN CABALLERO Y DOBER JAIME, a quienes llevaron hacia la Estación de policía del municipio de Curumaní – Cesar, lugar donde JHONEL fue separado del grupo.

 
Al lugar donde permanecía privado de la libertad JHONEL CARDENAS, ingresaron varios agentes de la SIJIN que procedieron a quitarle dos agendas personales, donde el líder social realiza anotaciones del trabajo comunitario que adelanta y sacaron copias de las mismas. A la vez, tomaron una memoria USB que llevaba consigo la cual fue revisada minuciosamente, preguntándole que por qué tenía canciones de ALI PRIMERA y un video del presidente venezolano HUGO CHAVEZ. Adicionalmente, los funcionarios requirieron al líder social para que les suministra las claves de dos correos electrónicos que también procedieron a revisar.

 
Con posterioridad a dicho procedimiento, en el marco del cual se sometió la voluntad del líder comunitario, JHONEL CÁRDENAS fue enviado un cuarto, donde unos policiales lo desnudaron totalmente, permaneciendo así por cerca de 10 minutos; tiempo durante el cual le revisaron huellas en espalda, piernas, brazos, siendo simultáneamente insultado. Luego de ello, le toman fotografías del rostro (de frente y perfil) y lo reseñaron.

 
Hacia el medio día, transcurridas ya varias horas desde la aprehensión, integrantes de la SIJIN invitaron a almorzar a JHONEL CARDENAS, a su padre y otra persona. Los funcionarios expresaron al líder que no existía proceso penal contra él y que estaba libre porque no tenía problema alguno; pero curiosamente, varios minutos después llegó al lugar el comandante de la SIJIN y le manifestó que tenía una orden de captura.

 
JOSE PICON, DAMIAN CABALLERO Y DOBER JAIME fueron dejadas en libertad, sin que se les diera explicación sobre el hecho. Además de ello, el tercero de los mencionados fue agredido por un agente de policía quien le propinó una cachetada y tomó 280 mil pesos que llevaba en su poder, sin que hasta el momento le hayan sido entregados, ni dado razón de su ubicación. Todos estos hechos fueron denunciados a la personería de Curumaní a las 3:05 pm, del día 16 de marzo (a la cual tuvo acceso directo integrantes de la FCSPP).

 
JHONEL se encuentra aún recluido en un calabozo de la estación de policía. En el lugar de detención no hay baño y solo le han prestado este servicio, una sola vez en tres días.

 
A pesar de todo lo anterior, funcionarios de la SIJIN, el día de ayer exigieron a JHONEL CARDENAS para que firmara un acta de buen trato, a lo cual éste se negó, razón por la que luego llegaron con una video-filmadora para registrarlo.

 
Resulta importante destacar que JHONEL CARDENAS CASTRILLO es el presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda San Pedro Medio del municipio de Curumaní, además de ser coordinador rural de ASOCUMUNAL, miembro del POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO y formar parte del Comité de integración de Cesar – CICE. Pero en total desconocimiento de su condición de líder comunitario y en abierta violación del principio de presunción de inocencia, su captura fue registrada en el periódico EL PILON DE VALLEDUPAR (Página 12 de la edición del viernes 18 de marzo)  bajo el titular “LA POLICIA CAPTURO A UN PRESUNTO INTEGRANTE EL ELN”  

 
Después tres días de privación de la libertad, se ha logrado establecer que contra JHONEL CARDENAS se adelanta un proceso penal bajo el procedimiento contemplado en la ley 600 de 2000, por el delito de rebelión. La actuación es adelantada por la Fiscalía seccional de Curumaní, con exclusivo fundamento en las atestaciones de presuntos reinsertados. Solo hasta el día de hoy se llevará a cabo diligencia de indagatoria a JHONEL.

 
A partir de la anterior información, que ha sido suministrada a defensores de derechos humanos de la FCSPP, por parte de testigos directos de los hechos y de los cuatro líderes comunitarios sometidos al procedimiento, resulta fácil concluir que nos encontramos ante un caso de detención arbitraria, en la medida que en el curso de la misma se han vulnerado múltiples derechos fundamentales e inalienables, entre ellos el de la Dignidad humana, el debido proceso y la presunción de inocencia.

 
Ha de destacarse de manera especial que el tratamiento al cual fue sometido JHONEL CÁRDENAS CASTRILLO, es digno de ser considerado como un trato cruel, inhumano y degradante, lo que refuerza la necesidad de insistir al Estado Colombiano para que ratifique el Protocolo facultativo contra la tortura, pues todo esto evidencia que el irrespeto a los derechos humanos sigue siendo una constante.

Además de lo anterior, preocupa altamente que se sigan construyendo procesos penales contra líderes comunitarios, que se fundamenten exclusivamente en el testimonio de presuntos reinsertados, que valga recordar, reciben beneficios del gobierno nacional y permanecen en insano contacto con miembros de las fuerzas militares.

Todo ello desestimula el derecho – obligación que nos asiste a todos los ciudadanos del mundo de defender y promover los derechos humanos y propender por el bienestar colectivo.

 
Enviar comunicaciones a las siguientes direcciones:

Dr. Juan Manuel Santos Calderón, Presidencia de la República Carrera 8 No.7-26, Palacio de Nariño Bogotá, D.C., Colombia. Fax: (+57 1) 566.20.71

Dr. Germán Vargas Lleras, Ministerio del Interior y de Justicia Carrera 9a. No. 14-10, Bogotá, D.C., Colombia. PBX (+57) 444 31 00.

Señor: Angelino Garzón Vicepresidente de la República Carrera 8a  No.7-57.

Señor: Hernán Ulloa Vanegas Programa Presidente para los Derechos Humanos Presidencia de la República calle 7 No 6-54  telefax 5659797- 5662064.

 
Dr. Alejandro Ordóñez, Procuraduría General de la Nación Carrera 5 No. 15-80 Bogotá, D.C. Colombia. Fax: (+57 1)342.97.23 E-mail:

 
Dr. Volmar Antonio Pérez Ortiz. Defensoría del Pueblo Calle 55 No. 10-32 Bogotá, D.C. Fax: (+571) 640 04 91 E-mail: secretaria_privada@hotmail.com

Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos Calle 114 No. 9-45 Torre B Oficina 1101. Edificio Teleport Bussines Park Bogotá, D.C. Teléfono PBX (57-1) 629 3636 Fax (57-1) 629 3637 E-mail: oacnudh@hchr.org.co; ONU-DDHH@hchr.org.co; dlosada@hchr.org.co

COMITÉ DE SOLIDARIDAD CON LOS PRESOS POLITICOS

MARZO 18 DE 2011

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