LGBT: ¿Igualidad antes la ley?

Matrimonio entre personas del mismo sexo: una batalla que aún no está ganada

11 abr. CI.- El Procurador Alejandro Ordóñez y miembros del Centro Democrático anunciaron próximas acciones contra la resolución de la Corte Constitucional que aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo.

La decisión de la Corte, conocida el pasado 7 de abril, invalida el artículo 113 del Código Civil que determina que un matrimonio está compuesto por un hombre y una mujer. Según  Manuel Páez, abogado de Colombia Diversa, docente e investigador del departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia, «el Código Civil no puede privar a las familias compuestas por personas del mismo sexo de la protección constitucional de sus derechos aprobada por la Corte Constitucional en 2011”.

Antecedentes jurídicos

El matrimonio entre parejas del mismo sexo se ha vuelto una historia sin fin en los últimos años, desde que la Corte Constitucional en su sentencia C-577 de 2011 había reconocido a las parejas del mismo sexo como un tipo de familia dentro del ordenamiento jurídico colombiano y había identificado un déficit de protección jurídica de las mismas.

Esa sentencia había desatado una serie de debates, al reconocer que las parejas tenían derecho a un tipo de unión solemne pero al no mencionar el matrimonio directamente, la puerta quedó abierta a todo tipo de interpretaciones. Después de esa sentencia varias parejas habían intentado contraer matrimonio, al ser negado su derecho, interpusieron tutelas, cuatro de las cuales acaban de recibir un fallo favorable. 

Telenovela jurídica

Algunos juristas consideraron clara la sentencia del 2011, al señalar que las parejas del mismo sexo necesitan una figura jurídica diferente a la unión de hecho o unión libre, que sea solemne, formal, que les permita hacer público el vínculo jurídico que las une, que les proporcione legitimidad ante la sociedad y proteja y relieve su dignidad. “El matrimonio cumple con esos seis presupuestos” afirmó  María del Pilar Arango, directora de la Corporación de Jueces y Magistrados de Colombia.

Otros consideraron que si la corte no usó la palabra matrimonio es que no se refería a esa figura jurídica, llevando a algunos notarios a inventar una nueva figura, sin reconocimiento jurídico para cumplir con la sentencia: Unión Contractual Solemne.

Algo similar propone el senador Álvaro Uribe Vélez cuando dice que; “la intimidad no tiene por qué desafiar a las leyes naturales que fundamentan la existencia y mantenimiento de la especie humana.” Según Uribe, no hace falta para reconocer los derechos de las parejas homosexuales incluir el derecho al matrimonio, que otra figura podría resolver la situación. Pero es justamente tener los mismos derechos lo que buscan las parejas homosexuales.

Ese debate jurídico va mucho más allá de la cuestión del matrimonio e ilustra una visión del derecho. La demanda del 2010 que llevó a sentencia del 2011 contra el artículo 113 de del código civil no solo tiene que ver con la orientación sexual también contra la definición del matrimonio como ligado a la procreación. Es decir que técnicamente una pareja heterosexual sin hijos antes del 2011 podía ver su matrimonio invalidado.

Desde la sentencia del 2011 el procurador general emitió circulares que amenazaban a los notarios con represarías en caso de acceder a casar parejas del mismo sexo. La decisión del 7 de abril 2016 le cortó toda posibilidad a Alejandro Ordoñez de intervenir pero anunció que acudirá a varios congresistas para lograr presentar cuanto antes un acto legislativo.

Un larga historia de adquisición de derechos

El camino hacia la igualdad jurídica de las parejas homosexuales no empezó en 2011. La sentencia C-075 de 2007 ya había establecido que las parejas del mismo sexo eran objeto de protección constitucional de igual forma que las parejas en “unión libre”. Esa protección tiene que ver con una serie de derechos sociales que han sido reconocidos a las parejas de mismo sexo en varias sentencias como el acceso al sistema de seguridad social en salud en la sentencia C-811 del 200 o elementos de derecho de familia como el derecho y deber de alimentos en la sentencia C-798 de 2008 o la posibilidad de constituir patrimonio de familia inembargable y participar en los programas de reparación de víctimas del conflicto armado, entre otros en la C-029 de 2009 y el derecho a la porción conyugal en la C-283 de 2011 o la posibilidad de heredar consignado en la sentencia C-238 de 2012.

¿Y el Congreso?

Uribe, al día siguiente de la decisión del 2016 afirmó que: «Es dañino que los jueces al actuar como legisladores y atreverse a definir aspectos controversiales de la vida nacional no busquen consensos». Sin embargo, hace 5 años que la Corte le pidió al congreso resolver el asunto.

En 2011 la sentencia de la corte identifica una contradicción entre reconocer los derechos de toda la ciudadanía colombiana y restringir el matrimonio a las parejas homosexuales, pero decidió dejar ese importante debate en las manos del congreso. En otras palabras la corte dijo en 2011 que en el estado actual de las leyes no se podía negar sus derechos a las parejas homosexuales que quisieran casarse y que para impedirlo el congreso tenía hasta el 20 de junio del 2013 para legislar.

El senador Armando Benedetti, presentó un proyecto de ley a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo, el 24 de abril de 2013, el proyecto de ley fue rechazado en plenaria del Senado con 51 votos en contra y 17 a favor.

El magistrado Jorge Ignacio Pretelt, fue quien presentó la ponencia que fue derrotada en la corte constitucional durante la decisión del 7 de abril del 2016. En 2011 señaló que ese tipo de cuestiones no son competencias de la Corte, y que era el Congreso quien debería dar el debate sobre el tema.

Frente al avance de los derechos jurídicos de las parejas de mismo sexo la próxima etapa es el tema de la adopción, la sentencia de la corte 617 del 2014 reconoció ese derecho solo en las situaciones en las cuales uno de los padres sea el padre biológico del niño adoptado.

Del lado de las organizaciones LGBTI, si bien se han expresados positivamente organizaciones como Colombia diversa, no hay un consenso de que la pelea por el matrimonio entre parejas de mismo sexo sea suficiente para destruir las bases de una sociedad que los ha marginado sistemáticamente.

http://www.colombiainforma.info/mov-sociales/generos/3215-matrimonio-entre-personas-del-mismo-sexo-una-batalla-que-aun-no-esta-ganada

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